SE ABSTIENE de realizar LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo de Pago en la cantidad de ONCE MIL BOLÍVARES (Bs. F. 11.000,oo) en la causa incoada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO VILLALOBOS BOSCÁN, en contra de la sociedad mercantil URGENCIAS MÉDICAS COMPAÑÍA ANÓNIMA, en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. En consecuencia:
PRIMERO: Se conmina a la parte demandante, esto es el ciudadano GUSTAVO ADOLFO VILLALOBOS BOSCÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.727.541, a los efectos de que dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del presente fallo, se presente por ante este Juzgado, y manifieste libremente su consentimiento o no con el acuerdo de pago y/o transacción realizada en la presente causa.
SEGUNDO: Se conmina a la parte demandada, esto es a la sociedad mercantil URGENCIAS MÉDICAS COMPAÑÍA ANÓNIMA, a los efectos de que dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del prese.....