IMPROCEDENTE la pretensión incoada por los ciudadanos Izora Josefina Morán Cubillán, Lisbeth del Carmen Ferrer Cubillán, Tula del Carmen Zambrano Villalobos, Maribel Andrade de Álvarez, Yemima María González Domínguez, Eleane del Carmen Urdaneta Ferrer, Yaritza del Valle Barrientos, Sandra Leonor Rueda López, Johana Carolina Machado Machado, Maribel del Carmen Zambrano Chacín, Rosalba del Carmen Bohórquez Puche, Ana Rosa Pérez Sampez, Yoelvis Díaz, y Elvis Johan Ferrer Chirinos, en contra de la sociedad mercantil AVICOLA DE OCCIDENTE, C.A. (AVIDOCA), por motivo de Cobro de Cláusula de Convención Colectiva.
No procede la condena en costas procesales a la parte accionante por devengar menos de tres salarios mínimos, ello en virtud de las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.-