Con fundamento y en fuerza de las consideraciones anteriores en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA el Convenimiento celebrado entre el ciudadano EDUARDO BERMÚDEZ y la sociedad mercantil T & S DE VENEZUELA S.A., se le imparte el carácter de COSA JUZGADA, y se ordena remitir el expediente al JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, para que realice los trámites procesales correspondientes para su archivo definitivo.- SEGUNDO: SE DECLARA CONSUMADO el desistimiento del Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante ciudadano EDUARDO BERMÚDEZ, en contra de la sentencia dictada en fecha 20 de septiembre de 2012 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Jui.....