Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada CAUCHOS Y RINES R10, C.A., en contra de la decisión dictada en fecha 29 de abril de 2014 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: SE ORDENA la reposición de la causa al estado que el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, celebre nuevamente la Audiencia de Juicio oral, pública y contradictoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: SE DECLARA LA NULIDAD de todas las actuaciones procesales efectuada c.....