Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE NULIDAD, interpuesto con por la sociedad mercantil FMC WELLHEAD DE VENEZUELA, S.A., en contra del Acto administrativo de efectos particulares contentivo de la Providencia Administrativas número 0119-2012, expedida por la ciudadana Francisca Josefina Nucete Ríos, en el carácter de Médica Ocupacional II de la DIRESAT ZULIA, de fecha veinticuatro (24) de enero del año 2012, donde CERTIFICA ACCIDENTE DE TRABAJO que produce Traumatismo dorsal: Fractura en el cuerpo vertebral a nivel de L1 y que origina una DISCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE PARA EL TRABAJO HABITUAL. Presenta limitación para manejo de carga, esfuerzo postural de la columna vertebral y en consecuencia .....