Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte demandada recurrente, en contra de la decisión de fecha veinte (20) de julio del año 2012, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ ENRIQUE LUGO FERNANDEZ en contra de la sociedad mercantil TECNOLOGÍA PETROLERA, C.A., (TECNOPETROL, C.A.). TERCERO: SE MODIFICA, la decisión de fecha veinte (20) de julio del año 2012, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Ci.....