Conforme a lo anterior, se observa que los conceptos laborales condenados fueron especificados en la parte motiva de la sentencia de la cual efectivamente se desprende un error de cálculo porque no se dedujeron las cantidades de dinero que fueron ordenadas a descontar por concepto de préstamos personales, y en razón de ello se procede a establecer que en adelante y a los efectos de la ejecución del presente fallo se deberá considerar como parte integrante de la sentencia dictada el día 03 de junio de 2015 y publicada el día 10 de junio de 2015 en forma escrita, que el monto total de los conceptos laborales condenados a pagar a la sociedad mercantil INVERSIONES GON-PORT, CA, asciende a un total de la suma de ciento cuarenta y nueve mil ochocientos doce bolívares con setenta y cuatro céntimos (Bs.149.812,74), razón por la cual queda debidamente subsanado el error de cálculo a través de esta decisión. Así se decide.
De igual forma, se rectifica, se salva y se corrige el monto condenado.....