En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano HECTOR JOSE SILVA SOSA, en contra de la empresa CLINICA DOCTOR PARABRISAS. SEGUNDO: se condena al demandado a pagar al demandante la cantidad: UN MIL CUARENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE BOLIVARES FUERTES (Bs.F.1.044,49)