Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA en el juicio incoado por el ciudadano DERVIS VILCHEZ FUENMAYOR, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos CARMEN JULIA VILCHEZ CHACON, MARIA ANGEL VILCHEZ CHACON y NELLY EVARISTO CHACON BRACHO, esta última actúa en nombre y representación de su menor hijo CESAR AUGUSTO VILCHEZ CHACON, en contra de la Asociación Civil de Conductores de Autos por puesto de la ruta Socorro, Los Claveles, San Miguel, Cuatricenteneria, todas las partes plenamente identificadas en las actas procésales, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declaran NULAS todas las actuaciones posteriores a la oposición de cuestiones previas.
SEGUNDO: Se REPONE LA CAUSA al estado de que se notifique a la parte accionada Asociación Civil de Conductores de Autos por puesto de la ruta Socorro, Los Claveles, San Miguel, Cuatricenteneria, de la demanda incoada en su contra conforme a los términos del artículo 126.....