DISPOSITIVO
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por el abogado en ejercicio ALFREDO VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Número: V-7.773.105, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número: 77.747, en su condición de apoderado judicial del ciudadano FRANKY DE JESÚS PÉREZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número: V-22.459.665, contra Misiva emanada de la FUNDACIÓN REGIONAL EL NIÑO SIMÓN, Nº FNNS-P 505, de fecha treinta (30) de agosto de 2013.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo.
Publíquese y Regístres.....