En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
1.- COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por el ciudadano GABRIEL PUCHE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 29.098, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MACHIQUES DEL ESTADO ZULIA, suficientemente identificado en las actas procesales; contra la providencia administrativa Nro. 0092 de fecha 04 de Marzo de 2015, en el expediente Nro. 040-2014-01-00092.
2.- ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto y en consecuencia, ordena de conformidad con lo dispuesto en artículo 78 de la Ley Orgánica la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la notificación del INSPECTOR DEL TRABAJO SEDE GENERAL RAFAE.....