DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- HOMOLOGADO el desistimiento formulado por la abogada YENIFER PEREZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil HOTEL MARUMA, C.A., en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto, en contra de la Providencia Administrativa No. 346-2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 29 de Septiembre de 2010.
2.- SE ABSTIENE este Tribunal de dar por terminado el presente asunto y de ordenar el archivo definitivo del mismo, hasta tanto conste en actas las notificaciones aquí ordenadas.
Se ordena notificar de la presente decisión al INSPECTOR DEL TRABAJO DE MARACAIBO, ESTADO ZULIA; al ciudadano FISCAL .....