Este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el presente recurso de nulidad, interpuesto por el abogado VICTOR MANUEL VELASCO PRIETO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 90.519 actuando en nombre y representación del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, en su condición de apoderado judicial y extrajudicial de éste Municipio, en contra de la Providencia Administrativa No. 00066-14, de fecha 04-06-2014, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO SEDE GENERAL RAFAEL URDANETA, todos plenamente identificados en las actas procesales, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión, a la Procuraduría General de la República, según lo establec.....