En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 ejusdem, se da por concluida la audiencia preliminar y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, y en vista que el demandante se encuentra debidamente representado y ha manifestado su aceptación voluntaria al ofrecimiento efectuado por la demandada, es por lo que se HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado entre los demandantes los ciudadanos ELIMAR REINALES, en contra de SERVICIOS DE RECURSOS HUMANOS ETT, C.A., dándole efectos de Cosa Juzgada, y se abstiene de archivar el presente asunto hasta tanto conste en actas la manifestación expresa por la parte demandante de haber recibido las cantidades de dinero el cual se encuentran consignadas en el asunto Nº VP01-S-2013-00179. Se acuerda expedir copia certificadas de la transacción y de la respectiva homologación, para cada una de las partes.