este Tribunal en vista de la que la mediación ha sido positiva y vista el acta de transacción convenida por las partes constante de siete (07) folios útiles, más anexos, la cual se ordena agregar a las actas respectivas del presente asunto a los fines legales consiguientes, y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley se HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, Y DECLARA TERMINADO Y ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE ASUNTO. DADO EL CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Se ordena expedir copia certificada de acta transacción y de la respectiva homologación a cada una de las partes. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente acta de mediación todo conformidad con lo establecido en el numeral 3 del articulo 21 de la Ley Orgánica Proce.....