Visto que la mediación ha sido positiva, este Tribunal, como quiera que las misma reúne los requisitos establecidos en la Ley, por cuanto no vulneran derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, y por cuanto el trabajador actuó libre de constreñimiento, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, impartiéndole su aprobación, pasándola en autoridad de Cosa juzgada. Pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo.