Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, Se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente, así mismo se hace entrega a las partes de la pruebas consignada al inicio de la audiencia. Las partes solicitan una (1) copia certificada de la presente acta, este tribunal visto el pedimento acuerda lo solicitado y ordena proveerla.