del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y vista que la mediación ha sido positiva, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentada se le imparte el carácter de cosa juzgada, se ordena la devolución a las partes de las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar, se provee una copia certificada solicitada de la transacción presentada así como del presente auto, se abstiene del ordenar el archivo definitivo del expediente, hasta el cumplimiento de lo acordado.
La Juez
Abg. Marlene Rojas de Siu.
La Secretaria
Abg. Yasmely Borrego.