Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha doce (12) de Agosto de 2011 por el abogado en ejercicio Diego Olivares Fernández, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 152.298, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada SERVICIOS DE ASIGNACIÖN, INGENIERIA Y PROCURA, C.A., representación que se evidencian de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y la abogada Alexandra Gabriela Pino, inpreabogado N° 152.720 asistiendo al ciudadano JORGE ENRIQUE LASTRA DE LA VEGA en su condición de parte actora, plenamente identificada en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de doscientos cincuenta mil bolívares (Bs. 250.000,00). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE .....