En el día hábil de hoy, 30 de Abril de 2015, siendo las 2:31 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Alberto Salas en representación del demandante y SEGURIDAD CASA BLANCA, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Verónica Sánchez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante el día 15/05/15 la cantidad de doce mil ochocientos bolívares (Bs. 12.800,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.