Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha nueve (9) de Noviembre de 2010 por el abogado en ejercicio Ricardo Cruz Rincón, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 6.830, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. representación que se evidencian de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y el abogado Luís Duarte Sandoval, inpreabogado N° 72.738 asistiendo a la ciudadana MAYERLING DE LOS ANGELES VIDAL DIAZ en su condición de parte actora, plenamente identificada en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de setenta y cinco mil bolívares (Bs. 75.000,00). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO.