1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha 17 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio que por calificación de despido sigue el ciudadano EDIXON ANTONIO GUTIÉRREZ GÓMEZ, frente a PDVSA, PETRÓLEO S.A., en consecuencia, con carácter de cosa juzgada la decisión recurrida.
2) NO SE CONDENA EN COSTAS procesales a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.