PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por la Ciudadana CHONTALL DE LOS ANGELES ZAMBRANO PIÑERO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la cedula de Identidad Número V-15.402.463, en , contra la empresa COOPERATIVA DE CENTRAL COMEDOR LAGUNILLAS (CECOLAG RS), domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales de por la Ciudadana CHONTALL DE LOS ANGELES ZAMBRANO PIÑERO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la cedula de Identidad Número V-15.402.463,, por la cantidad OCHO MIL TRESCIEN.....