PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDÍACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por la Ciudadana MELITZA CAROLINA MORA MEDINA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-17.585.930, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, contra la parte demandada ASOCIACIÓN TAXI DAYTONA, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales a la Ciudadana MELITZA CAROLINA MORA MEDINA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-17.585.930, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zul.....