El Tribunal DECLARÓ LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA MISMA, a favor del penado ANTONIO BENITO VELÁSQUEZ, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 02-1-1955, titular de la cédula de identidad N° V-5.055.773, hijo de José de la Rosa González y Laudina Velásquez, con última residencia conocida en: Barrio San José, Av. 36, N° 33-62, Maracaibo, Estado Zulia; quien fue condenado por el Juzgado Primero en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Zulia, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 4°, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Empresa ENELVEN; ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y pasa en Aut.....