PARTE DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, actuando como Tribunal MIXTO, integrado con Escabinos, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: POR UNANIMIDAD CULPABLE, al ciudadano NICOLAS AUGUSTO ARAMBULO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 19 años de edad, fecha de nacimiento: 05/11/1985, soltero, de profesión u oficio Galletero, no porta Cédula de Identidad, hijo de Amparo Rodríguez y Nicolás Arambulo, residenciado en el Barrio Nueva Venezuela, sector Cañada Honda, Casa N° 36, entrando por la Ferretería Unión de la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, actualmente recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, por considerarlo responsable penalmente del delito de ROBO AGRAVADO en GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal en concordancia con el num.....