Como dos de los acusados, JUAN CARLOS MORAN RODELO y CARLOS LUIS ZERPA, se encuentran actualmente sometidos a una medida cautelar sustitutiva, y el otro acusado, JOSÉ LUIS RONDON, se encuentra recluido en el Reten El Marite, y la pena que cumplirán los acusados en el establecimiento penitenciario que designe el Juez de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, que le corresponda conocer de las presentes actuaciones es de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN. Y, en vista de que, según lo prevé el 5to. aparte del artículo 367 del COPP, "Si el penado se encontrare en libertad y fuese condenado a una pena privativa de libertad igual o mayor de cinco años, el Juez decretará su inmediata detención". Sin embargo, el 6to aparte de dicho artículo 367 dispone que "cuando fuere condenado a una pena menor a la mencionada, el Fiscal del Ministerio Público o el querellante, podrán solicitar motivadamente la detención del penado". Y, en este caso, la pena impuesta a los acusados es inferior a 5 años y, ad.....