Por todos los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: SUSTITUIR LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en contra del ciudadano JAVIER ENRIQUE TORRES PIRELA, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 13081628, nacido en fecha 13-06-1976, edad 37 años, estado civil casado, Profesión u oficio supervisión de operaciones, hijo de Néstor Luis Torres Montiel y Gloria Marina Pírela Valbuena, Residenciado en la avenida 05, calle 32, sector 05 "San Benito", casa no. 5-30 del San Francisco del Estado Zulia, teléfono 0414-6406331, y ALBERT JUNIOR GARCIA VICENT, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 16.365.789, nacido en fecha 10-09-1982, edad 31 años, estado civil soltero, Profesión u oficio trabajador petrolero, hijo de Nelson Enrique García Quintero y Luis Mercede.....