En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Extensión Santa Bárbara del Zulia, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por Autoridad de la Ley y actuando de conformidad con la facultad conferida según Resolución Nº 2011-043, de fecha 03-08-2011, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la Solicitud efectuada por la Abogada INDIRA KARINA NIÑO PETIT, quien actúa en su carácter de Defensora Pública Quinta (s) Penal, de la Defensoría Pública del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, como defensa del ciudadano CARLOS EDUARDO PABON RODRIGUEZ y la segunda por el Abogado en ejercicio LEANDRO ENRIQUE FERNANDEZ ABREU, como defensor de los ciudadanos MELIDA EMILIA JEREZ, DORIS DEL CARMEN MALDONADO JEREZ, y ALI RAMON ALVARADO MALDONADO, identificados plenamente en autos, en la cual solicitan el EXAMEN Y REVISIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, dictada por .....