Por las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el abogado ARGENIS MARQUINA, Defensor Público Trigésimo Quinto Penal para la fase de Ejecución, adscrito a la Defensoría Pública del Estado Zulia, en su carácter de defensor del penado JOSÉ EUGENIO ALMARZA ÁLVAREZ, contra la Decisión N° 350-07, de fecha veintiuno (21) de mayo de 2007, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de otorgamiento del Beneficio de Régimen Abierto, al penado en mención, de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal (según Ley de Reforma Parcial, publicada en Gaceta Oficial N° 38.536 Extraordinario de fecha 4.10.06), y en consecuencia se .....