En razón de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ADMITE totalmente la acusación formulada por el representante Décimo Sexto del Ministerio Público, Abogado ABDIAS JOSE SAEZ RIOS, en contra del ciudadano imputado ROBINSON ANTONIO ROMERO PERNIA, natural de San Carlos de Zulia, de 40 años de edad, Casado, fecha de nacimiento 14-10-64, profesión Obrero, titular de la C.I. N° V- 7.776.953, hijo de GERMAN ROMERO y de NORA DE ROMERO, residenciado en San Carlos de Zulia, calle 10, casa N° 4 ? 287, Barrio Andrés Eloy Blanco, Municipio Colón del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, en .....