Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de DESCONOCIDO, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el del articulo 5 de la Ley De Hurto Y Robo De Vehículo Automotor (vigente para la fecha en que se cometió el delito), cometido en perjuicio de GARCÍA PINEDO MARIO EDUARDO.
Publíquese, Regístrese, déjese copia en archivo, y remítase al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.-
EL JUEZ DUODÉCIMO DE CONTROL
FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ.
LA SECRETARIA,
ABOG. ANA SÁNCHEZ MEDINA
En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el No 4410-08, se compulsó copia de archivo, y se libro la correspondiente Boletas de Notificación
LA SECRETARIA,
ABOG. ANA SÁNCHEZ MEDINA
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