CONCEDE:
PRÓRROGA DE NOVENTA DÍAS CONTÍNUOS, a partir de esta decisión para que la ciudadana YENIS RODRIGUEZ ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 24.257.852, en representación de sus hijos JOSE LUIS y JOSE HEBERTO GONZALEZ RODRIGUEZ, venda los derechos de propiedad, dominio y posesión que poseen los referidos adolescentes sobre un inmueble constituido por una casa ubicada en la Av. 19F del Sector Sabaneta en Jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Cuyas medidas, linderos y demás especificaciones son las siguientes: NORTE: calle 103-A; SUR: José Chiquinquirá González; ESTE: Av. 19F y OESTE: propiedad que es o fue de Julio Chacín y el mismo se encuentra registrado en la Oficina Subalterna del Tercer Circuito del Distrito Maracaibo, bajo el N° 51, libro 6°, protocolo 1° de fecha 20-06-78, por la cantidad de VEINTIDOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 22.000.000,00).