declara:
• LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS, en la demanda de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana LUCIA DEL CARMEN GUTIERREZ REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.886.641, domiciliada en el sector La Montañita, calle El Porvenir, casa N° 96, municipio Cabimas del estado Zulia, en contra del ciudadano JOSE LUIS AMAYA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.888.675, domiciliado en el Sector La Rosa Vieja, avenida Principal, calle El Comando de R-10, casa N° 115, municipio Cabimas del estado Zulia, y en beneficio del niño (Se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
• Acuerda la devolución de los documentos originales consignados, previa certificación en actas.
Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el .....