Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ADMITE totalmente la acusación formulada por la representante del Ministerio Público, así como los medios de pruebas ofrecidos, para que sean objeto de debate en la Audiencia Oral y Pública; por ser legales, lícitos, pertinentes y necesarios, con excepción del señalado bajo el N° 2, de las Pruebas Documentales. Se ordena el enjuiciamiento de los ciudadanos HENRY FLORES PORTILLA, de nacionalidad Colombiana, Natural de Pamplona, Norte de Santander ¿ Colombia, nacido el día 11-10-1984, de 21 anos de edad, Soltero, Titular de la Cédula de identidad N° C-88.034.255, Comerciante, hijo de MARIO FLORES y de FLORELIA PORTILLA, residenciado en el Barrio Santa Eduviges, Vereda 2, casa S/N, Tári.....