En razón de las antes consideraciones expuestas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: Se DECRETA LA FLAGRANCIA en el presente caso de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano imputado DAINIS YONANNINA GONZÁLEZ: de nacionalidad venezolana, natural de Los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda, Estado Zulia, Estado Zulia, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 15-11-1967, de estado civil casado, de profesión u oficio Electricista, titular de la cédula de identidad No. V- 9.774.314, con residencia en: el Sector Nueva Miranda, Urbanización Nueva Miranda, vereda 7, casa sin número, Los Puertos, Municipio Miranda del .....