´INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Profesional del Derecho RAFAEL ANTONIO SOTO RUBIO, titular de la cédula de identidad N°. V-11.859.100, Abogado en Ejercicio, debidamente inscrito en el IPSA, bajo el N°. 67.708, actuando en este acto en su carácter de Defensor del ciudadano NOIRY URDANETA ESSIS, titular de la cédula de identidad N°. V-12.670.107, Acción de Amparo Constitucional, interpuesta en contra del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delito de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del estado Zulia, por Omisión de Pronunciamiento, en relación al Nombramiento de Defensor Privado, de fecha 08 de abril del 2024, en el expediente signado bajo el Nº 1CV-2023-210, que a juicio del quejoso vulneró la Tutela Judicial Efectiva, el Debido Proceso y el Derecho a Peticionar y a Obtener Debida Respuesta, previstos en los artículos 27, 44.1, y 49.1 de la .....