Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado JAIRO ENRIQUE MONSALVE, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, Indocumentado, hijo de Luz Diaz y Jairo Monsalve, residenciado en el Sector Veritas, al lado del antiguo cine Avila, calle plaza, N° 89D-43, Maracaibo, Estado Zulia y quien debera residir a partir de la presente fecha en la siguiente direccion: Sector El Semeruco, Carretera El Semeruco, antes de la Capilla Santa Lucia, El Toro, Isia de Toas, el tiempo que dure la condena, y presentarse mensualmente por ante la Intendencia de Seguridad de la Parroquia Isia de Toas, Municipio Almirante Padilla, hasta el 11-11-2006, fecha en la cual cumple la pena principal, de conformidad con lo establecido en los articulos 20 y 52 del Codigo Penal. Re.....