Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado De Los Municipios Catatumbo Y Jesús Maria Semprún De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia, Actuando Como Juzgado De Control Del Sistema De Responsabilidad Penal Del Adolescente Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Seguir la presente causa por los tramites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con los Artículos 551°, 560° y 561° de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: LA LIBERTAD INMEDIATA de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, de 17 años de edad, soltero, Fecha de nacimiento 24/11/1993, indocumentado, Natural de Casigua El Cubo, Municipio Jesús Maria Semprun del Estado Zulia, domiciliado en el Guayabo, Parroquia Udon Pérez, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, Barrio Lino Rincón, calle la Virgen Chiquinquirá, en una c.....