Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA EN FUNCION DE CONTROL, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, ORDENA LA APREHENSION en contra del Imputado: YOVANNY ENRIQUE MUÑOZ LEON, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 17-10-1972, de 38 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio recogedor de chatarra, Cédula de Identidad N° V-11.607.336, hijo de RAMÓN EDUARDO LEÓN y CARMEN VICTORIA MUÑOZ DE LEÓN (D), y con residencia en Barrio 24 de Julio, Sector La Polar, calle 172, Casa N° 49-44, en la esquina queda Taller de latonería "Los Mangos", Municipio San Francisco, Estado Zulia, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3° y 6° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano David Julio Amaya, debiendo ser inmediatamente loc.....