DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que el referido Convenimiento no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que requiere; en consecuencia, declara HOMOLOGADO el CONVENIMIENTO efectuado por los prenombrados ciudadanos, en el presente juicio de Reconocimiento de Firma que fue incoado por la ciudadana Roquelina Camargo Perez, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-84.429.558, de este domicilio, en contra de los ciudadanos Carlos Galvis y Amelia Galvis, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 25.271.920 y 11.861.448, respectivamente.....