DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA CON LUGAR el Procedimiento de Flagrancia, según lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de las establecidas en los artículo 250,251 Y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: LUIS FELIPE CAMACHO RIVAS, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 15/05/1976, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cedula de identidad Nº 12.892.686, hijo de los ciudadanos LUIS CAMACHO E INES RIVAS, residenciado en Urb. La Picola, calle 43 ca.....