declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos MIGDALY MARGARITA CASTEJON y CARLOS LUIS ROSALES MARIN, anteriormente identificadas; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
b) El padre aportará la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo), mensuales, a razón de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.200,oo) semanales, los cuales serán pagados en efectivo, mediante recibos firmados como constancia, pagados los días sábados de cada semana comenzando el día 05 de diciembre de 2009.
c) Gastos escolares, serán cubiertos en un 100% por el padre, éstos gastos van referidos a inscripción, útiles escolares y uniformes, los mismos deberán ser pagados en el mes de septiembre de cada año.
d) Gastos médicos, los medicamentos serán cubiertos por el padre en un 100%.
e) En navidad aparte de la pensión de manutención, aportará el 100% de los gastos para cubrir la compra de ropa, calzados y regalos de los niños.
Publíquese y Regístrese.