En fuerza de las consideraciones procedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Arismendi Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, en concordancia la Jurisprudencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 446, expediente N° 14.0094, de fecha 15.05.2014, presentada por el ciudadano FABIO GUSTAVO JIMENEZ, contra la ciudadana SUZANNE MARIE LOISEL, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo matrimonial que los unía, según consta del acta de matrimonio N° 137, folio 206, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1996, llevado por la Prefectura del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, todo con.....