PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por el Abogado en ejercicio WILLIAN ALBERTO SIMANCA ROJAS, obrando en carácter de Defensor Privado del adolescente IDENTIDAD OMITIDA conforme a los artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), supra identificado en actas.
SEGUNDO: CONFIRMA en los términos aquí acordados, la Decisión dictada en fecha 01 de junio de 2017, publicado el texto in extenso en la misma fecha bajo Resolución signada con el Nro. 365-17, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; relativa al acto de presentación de imputados por flagrancia.