Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este Juzgado Octavo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los Acusados Ciudadanos JHONNY ENRIQUE ANGEL GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad No. 18.601.227, fecha de nacimiento 11-11-1986, de 22 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Nuvia González y Héctor Ángel, residenciado en el Sector El Transito, al fondo de la Sanidad, avenida 96 casa Nº 96-68 Maracaibo Estado Zulia y CARLOS EDUARDO GARCIA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad No. 19.460.072, fecha de nacimiento 06-10-1989, de 19 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de Vilma Vega Y Ebrain García, residenciado en el Sector El Transito, atrás de la.....