En el asunto referido a la demanda incoada por la ciudadana Omaira Toledo en contra de CANTV, correspondiendo el día de hoy la celebración de la audiencia preliminar, se deja constancia de comparecencia de la abogada Rossana Martínez, en representación de la parte demandada, quien consignó copia simple de documento poder a los fines de acreditar su representación, asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.