POR LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Con lugar, la demanda de Rectificación de Acta de Nacimiento propuesta por la ciudadana DAYANA DEL CARMEN CAMPOS CAMPOS.
En consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO signada con el Nº 419 del año (2000), levantada por la Jefatura Civil de la Parroquia San José del Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, en fecha seis (06) de julio del año dos mil (2000), en el sentido siguiente:1) Donde se lee: "V-2.473.392, venezolano", debe leerse "E-83.162.729 colombiano", quedando de esta forma corregidos los errores cometidos en la mencionada acta.
Particípese del presente fallo al Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio M.....