Por todos los fundamentos anteriormente expuestos este juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, la libertad inmediata del imputado de autos ciudadano ALFREDO ALEXANDER GUERRERO LOZANO, Venezolano, natural de Caja Seca, Estado Zulia, de 30 años de edad, nació el 08-07-1.975, titular de la cédula de identidad N° 14.438.113, soltero, de profesión u oficio carpintero, hijo de Alfredo Guerrero y de Lola Lozano, residenciado en La Conquista, sector El Santuario, casa N° 57, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, teléfono de su mamá N° 0414-7240912, a quien la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público le atribuye la comisión de los delitos de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano, y el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la .....