Este Tribunal en funciones de Control Nº 01, de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, analizadas las peticiones que anteceden, así como las actuaciones que se han puesto de manifiesto en este acto, acuerda: PRIMERO: En cuanto a la calificación del Procedimiento, este Tribunal vista las circunstancias de la aprehensión, donde la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, fue detenido por funcionarios policiales adscritos a la Base Operacional No. 04, al momento en que lanzaba un objeto blanco que al ser revisado se determino que en el mismo habían varios envoltorios pequeños que al ser analizados a través de experticia química resulto ser cocaína base, se acuerda decretar el PROCEDIMIENTO DE FLAGRANCIA por ser procedente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación a lo dispuesto en el artícul.....